Aragón pone en marcha el nuevo cobro de las recetas

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Zaragoza

Desde hace semanas Aragón trabaja intensamente en colaboración con el Ministerio de Sanidad y con el Ministerio de Hacienda, haciendo todos los cruces estadísticos necesarios para iniciar el próximo 1 de julio el nuevo cobro de las recetas en función de la renta.

El trabajo en colaboración con médicos y farmacias, hoy representados por el presidente del Colegio de Farmaceúticos de Zaragoza, Ramón Jordán y el presidente del Colegio de Médicos de Zaragoza, Enrique De la Figuera, asegura que los pacientes recogerán sus recetas como habitualmente y con total normalidad, sin cambiar en nada el proceso. Por lo tanto, el sistema seguirá siendo el mismo sólo que habrá un grado de aportación diferente al que había anteriormente.

En cuanto a las recetas, serán exactamente las mismas que antes pero marcadas con códigos. A partir de ahora, cuando se haga una prescripción en la consulta, ya sea impresa o por receta electrónica, automáticamente aparecerá el código del usuario. Este código variará según la situación económica del paciente. El cruce se traslada en un único movimiento y donde ponía activo o pasivo en los datos de la historia clínica y receta ahora está el código, lo que implica que se trata de una aplicación técnica muy sencilla. El paciente simplemente tendrá que ir a la farmacia con la receta expedida por su médico y el farmacéutico observando el código le cobrara en función de su grupo.

No es necesario cambiar de tarjeta sanitaria, la identificación de la aportación de farmacia estará en la receta y no debe hacer ninguna gestión relacionada con su tarjeta.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha desarrollado una Base de Datos de Asistencia Sanitaria, que constituye el sistema de información base para el control del derecho a la asistencia sanitaria a través del Sistema Nacional de Salud. El INSS comunicará a través de la Base de Datos de Usuarios del SNS el nivel de aportación que corresponda a cada usuario, actualizando la información en coordinación con el Ministerio de Hacienda.

A día de hoy ya se ha completado los cruces de bases de datos entre el  INSS y Hacienda, por lo que los usuarios ya tienen asignada una aportación farmacéutica. Aragón ya dispone de estos ficheros enviados por el Ministerio por lo que se está procediendo en estos días a volcar esos datos a la base de datos de Usuarios de Aragón.

Grado de aportación a la receta según la renta, a partir del 1 de julio:

TRABAJADORES

Con  renta inferior a 18.000 euros al año:40%

Con  renta de entre 18.000 y 100.000 € al año: 50%

Con renta superior a 100.000 €: 60%

PENSIONISTAS Y JUBILADOS

Con  pensión contributiva inferior a 18.000 € al año: 10% (máximo de 8 € al mes)

Con pensión contributiva de entre 18.000 y 100.000 € al año: 10% (máximo de 18 € al mes)

Con pensión contributiva de más de 100.000 euros al año: 60% (límite de 60 € al mes)

Pensiones no contributivas: 0%

PARADOS

Parados que cobren subsidio de desempleo: 40%

Parados que no cobren subsidio de desempleo mientras se mantenga esta circunstancia: 0%

OTROS

Mutualistas y clases pasivas (funcionarios del Estado, Fuerzas Armadas…): 30%

Afectados de síndrome tóxico; personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica; perceptores de rentas de integración social (IAI); y los tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional: 0%

Los códigos
La información sobre el porcentaje de aportación figurará en las recetas oficiales, en la parte superior derecha de las mismas, mediante el siguiente esquema:

■    Código TSI 001 para los usuarios exentos de aportación
■    Código TSI 002 para los usuarios con aportación reducida de un 10 %
■    Código TSI 003 para los usuarios con aportación de un 40 %
■    Código TSI 004 para los usuarios con aportación de un 50 %
■    Código TSI 005 para los usuarios con aportación de un 60 %
■    Código ATEP para las recetas de accidentes de trabajo o enfermedad profesional
■    Código NOFIN para las recetas de medicamentos y productos sanitarios no financiados

Reintegro del gasto
El importe de las aportaciones que excedan de las cuantías mencionadas en el apartado anterior será objeto de reintegro por la comunidad autónoma correspondiente, con una periodicidad máxima semestral.

Exentos de la aportación
Estarán exentos de aportación los usuarios y sus beneficiarios que pertenezcan a una de las siguientes categorías:

a)  Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica.
b)  Personas perceptoras de rentas de integración social.
c)  Personas perceptoras de pensiones no contributivas.
d)  Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación.
e)  Personas con tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Base de Datos de Asistencia Sanitaria del INSS
Esta Base de Datos integra toda la información relativa a los datos identificativos de los asegurados y beneficiarios, tipo de aseguramiento (afiliado a SS; pensionista; beneficiario de prestaciones de SS; demandantes de empleo; otros residentes en España con rentas inferiores al límite; titulares de Convenio; extranjeros con formulario de derecho a cargo de otro Estado); situación del derecho (alta/baja); vencimientos; código de farmacia; Comunidad Autónoma de aseguramiento.

Inicialmente, el Sistema de información se alimentará mediante descargas de ficheros extraídos del Fichero General de Afiliación (datos identificativos de afiliados, pensionistas…); del Servicio Público de Empleo Estatal (demandantes de empleo); AEAT y Haciendas Forales (ingresos); Ministerio de Sanidad (beneficiarios a cargo de un titular) así como a través de su actualización permanente con los nuevos reconocimientos.

Las Comunidades Autónomas tendrán acceso permanente para la gestión de la Tarjeta Sanitaria Individual a la información contenida en BADAS a través del Ministerio de Sanidad, que actuará como punto de contacto intermedio entre el INSS y las Comunidades.

Información a los Usuarios
Desde el departamento de Sanidad y a través de la Dirección de Atención al Usuario se pone en marcha a través del Salud Informa (www.saludinforma.esun apartado específico con todas la información y cuestiones relativas al nuevo sistema de cobro de recetas, junto con el teléfono directo de información 902 555 321.